¿EN QUÉ CONSISTE EL BONO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA?
Es un subsidio brindado por el Estado para el arriendo de viviendas, incentivando el ahorro para acceder a una vivienda y mejorar las condiciones de habitabilidad de la población nacional.

¿EN QUÉ NOTARÍAS PUEDO REGISTRAR MI CONTRATO?
Una vez declarado el Grupo Familiar Elegible o Grupo No Dependiente Elegible se debe proceder a la firma del contrato en una notaría autorizada por el Fondo MIVIVIENDA en el marco del Registro de Arrendamiento para Vivienda (RAV).






REQUISITOS MÍNIMOS DE LA VIVIENDA
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Contar con servicios básicos de agua, desagüe y electricidad.
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Contar con un ambiente multiuso, zona de dormitorio, un baño con puerta con lavatorio, ducha e inodoro.
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Contar con conformidad de obra y declaratoria de edificación.
POSTULACIÓN
Se realiza previa convocatoria aprobada por Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
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Resolución Ministerial N° 407 -2019-VIVIENDA- Tercera Convocatoria para el año 2019.
CENTROS AUTORIZADOS
La tercera convocatoria, se encuentra cerrada para la ciudad de Lima. Y está vigente en las ciudades de Ayacucho, Cajamarca, Ica y Tacna, donde se podrá inscribir en los siguientes Centros de Atención:
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Ayacucho: Jr. Garcilaso de la Vega N°797, Urb. Banco de la Nación M-13.
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Cajamarca: Jr. Baños del Inca Nº 112, 114, 116 - Ramón Castilla.
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Ica: Calle Los Nardos 185, Urb San Isidro.
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Tacna: Calle César Faucheaux Mz. A Lt. 2 - Tacna, Tacna.
Inicio de Inscripciones: 19 de Diciembre de 2019.